02 abril 2006

Acceso a la información municipal


Aunque en México se han dado pasos importantes para consolidar el acceso a la información pública en la esfera federal y estatal, es en el nivel municipal en el que hay que poner especial énfasis, en el entendido de que hablamos del gobierno más cercano a la gente y del que gestiona sus necesidades inmediatas.

Organismos como la Conferencia Nacional de Municipios de México (Conamm) han ubicado la importancia del asunto para actuar en consecuencia, y han realizado cursos y foros para compartir puntos de vista y desahogar inquietudes. Llama particularmente la atención la voluntad existente en los Ayuntamientos que participan en dichas actividades por cumplir con las disposiciones estatales e incluso, ir más allá, con el propósito de transparentar la gestión municipal.

Este comportamiento habla de que, hoy por hoy, los municipios reclaman para sí, una participación más activa en el gobierno. De modo que podemos colegir que es necesaria una reforma legal de fondo que permita a los municipios tener mayor capacidad de autogestión. Porfirio Muñóz Ledo ha señalado reiteradamente que el nivel municipal es en el que reside la soberanía, y que, por tanto, la reforma municipal es el inicio de una verdadera reforma del Estado.

Dichas consideraciones toman fuerza en temas como la transparencia y el acceso a la información, en el que es visible un compromiso de muchos municipios mexicanos, cuyo marco normativo es limitativo. Y es que poco a poco éstos toman conciencia de que un uso consciente de la información, por parte de las personas, tiene efectos significativos en su calidad de vida. Podemos decir que es palpable una transformación en la “conciencia cívica”, que deviene en un cambio de las prácticas sociales y de la esfera privada.

En el país, satisfacer el derecho a saber de la población tiene implicaciones diversas. Es un proceso novedoso y complicado que se tiene que resolver con un trabajo sistemático y definido, que logre articular varias políticas públicas factibles de llevar a cabo.

Por ello es que es preciso avanzar en dos sentidos: la reglamentación y la implementación efectiva del cuerpo normativo. El primer caso tiene que ver con la capacidad de los sujetos obligados, en este caso los Ayuntamientos, por emitir las disposiciones correspondientes para facilitar la aplicación de la ley y del reglamento de acceso a la información. Ello obliga al establecimiento de lineamientos de diversa índole, que son referente obligado para los funcionarios públicos, al momento de clasificar o desclasificar una información reservada, o bien, responder las solicitudes de los ciudadanos.

Un segundo nivel refiere al modo en que los sujetos obligados toman las medidas necesarias para cumplir en tiempo y forma con lo que la ley y el reglamento señalan. En ese sentido la capacitación de los funcionarios públicos encargados de satisfacer las peticiones informativas es fundamental, y precisa de una conciencia, por parte de éstos, del principio de que toda la información es pública y que las excepciones son eso, salvedades. Así podrán clasificar correctamente los documentos, para que, sólo en los casos previstos por la ley, una información se mantenga en secreto. Ambos niveles requieren mejorar la forma en que se organizan y preservan los documentos públicos en poder de los municipios, para facilitar su búsqueda y acceso, por parte de la sociedad.

Esos son los temas del debate respecto del acceso a la información en los Ayuntamientos. Conviene analizarlos y discutirlos a profundidad, para propiciar un marco en el que la voluntad del gobierno y el ejercicio permanente de una contraloría social, sean los elementos determinantes de un proceso que -aunque no exento de errores- pueda generar una nueva conciencia ciudadana en la sociedad.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Very pretty design! Keep up the good work. Thanks.
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